Ferrer Cogollos Abogados - Ley Segunda Oportunidad

En nuestro despacho, Ferrer Cogollos Abogados, nuevamente hemos ganado una sentencia logrando perdonar todas las deudas de nuestra clienta.

El Juzgado de lo Mercantil N.º 4 de Valencia se ha pronunciado a favor de nuestra clienta, perdonando una deuda de 150.000€, al cumplirse todos los requisitos legales para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Hace aproximadamente un año, una mujer que había perdido su vivienda por no poder pagar la hipoteca y aun así le quedaban 100.000 euros de deuda con el banco y otros tantos préstamos y tarjetas de crédito que había necesitado pedir para seguir pagando y una hija de 9 años acude a nuestro despacho en una situación de insolvencia en busca de ayuda. Debido al intento de hacer frente a los gastos ordinarios mensuales resultantes tras su divorcio, empezó a solicitar préstamos a diferentes entidades bancarias y de crédito, aumentando cada vez más su deuda. Por mucho que trabajara, era imposible poder pagar todo y seguir viviendo.

En Ferrer Cogollos Abogados estudiamos cada caso de forma minuciosa, comprobando que se cumplen los requisitos fundamentales para poder acogerse a este procedimiento:
• Tener deudas con al menos dos acreedores diferentes (pueden ser entidades financieras, proveedores, Hacienda, Seguridad Social, etc.)
• Ser insolvente y demostrar no tener patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas.
• Ser deudor de buena fe: el que no incurre en los casos del art. 487 de la Ley Concursal
• El deudor no puede haberse acogido a la Ley de la Segunda Oportunidad en los últimos cinco años con liquidación de la masa activa, o en los últimos dos años mediante plan de pagos.

La Ley de Segunda Oportunidad, ofrece tanto a particulares como autónomos en situación de insolvencia renegociar o incluso cancelar la deuda cuando no existen posibilidades de hacer frente al pago.

En el caso que nos ocupa, después de 7 meses de actuaciones, el juzgado de lo Mercantil de Valencia ha emitido una resolución donde se concede el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) cancelando así la totalidad de la deuda por un importe de 150,000€.

Si desea más información acerca de la Ley de Segunda Oportunidad o necesita asesoramiento en esta materia no dude en contactar con nuestro despacho.

Ferrer Cogollos Abogados - Ley Segunda Oportunidad

            

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